El Constitucional rechaza el recurso del padre para paralizar la eutanasia de Noelia

Prensa DMDBlog DMD, Noticias, Portada

La Sala Segunda del Tribunal Constitucional por unanimidad inadmite el recurso de amparo de un padre que solicitó la suspensión de la eutanasia de su hija.

La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, en sesión extraordinaria convocada para el día de hoy (20 de febrero de 2026) y por unanimidad de sus componentes, ha inadmitido por manifiesta inexistencia de violación de un derecho fundamental tutelable en amparo el recurso interpuesto por un padre contra el auto de la sección 1ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo que inadmitió el recurso de casación contra la sentencia de la Sección 3ª de la Sala Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que había desestimado sus pretensiones y confirmado la resolución de la Comisión de Garantías y Evaluación que aprobó la prestación de la ayuda a morir en un contexto eutanásico.

El padre solicitaba en su recurso de amparo la adopción de medidas cautelarísimas para suspender la prestación reconocida en favor de su hija, al tiempo que impugnaba las resoluciones judiciales que habían considerado acreditados la capacidad de la paciente para decidir, su voluntad de solicitar la prestación y la concurrencia de los requisitos legales para acceder a ella porque padece una enfermedad grave e incurable que le provoca un padecimiento grave, crónico e imposibilitante.

En su demanda el recurrente alegaba la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva en relación con la prohibición de arbitrariedad (artículos 24.1 y 9.3 CE) y del derecho a la vida, de la dignidad de la persona y la autonomía (artículos 15 y 10 CE).

Fuente: Tribunal Constitucional.

Imagen: Web del Tribunal Constitucional.

Comparte este artículo