¿Qué puedo hacer si no quiero recibir más tratamientos? es una pregunta que muchas personas se hacen aún en nuestro país y cuya respuesta debería ser sencilla. Tendría que bastar con comunicarlo. Lamentablemente, otras muchas personas ni siquiera son conscientes de que el tratamiento es siempre voluntario, y esto nos lleva a que el encarnizamiento terapéutico sea aún una realidad en nuestro país.
La esperanza de vida ha aumentado más de 40 años desde principios del Siglo XX hasta nuestros días, en gran parte gracias a la ciencia y a la medicina -preventiva o no-. Hemos, literalmente, duplicado nuestro tiempo de vida. Sin embargo, el hecho de que hayamos retrasado el momento de la muerte no significa que hayamos conseguido vencerla, ni que debamos hacerlo. La muerte es el más natural de los procesos, es la última etapa de nuestra vida y probablemente una de las más importantes. Por ello es fundamental abordarla con libertad y sin sufrimiento.
Entender que la muerte no es un fracaso ni para la persona ni para los profesionales de la sanidad que le atienden en sus últimos días, es imprescindible para evitar lo que llamamos “encarnizamiento terapéutico”.
¿Qué es el encarnizamiento terapéutico?
El encarnizamiento o la obstinación terapéutica es una práctica común en la medicina actual, que viene dada por el pensamiento generalizado de que se debe hacer todo lo posible para salvar la vida del paciente. Sin embargo, esta máxima no debería ser aplicada en todos los casos. Muchas veces, el tratamiento provoca sufrimiento y dolor y el tiempo que le ganamos a la muerte no es significativo en términos cuantitativos, pero mucho menos en términos cualitativos. En este sentido, cabe recordar algunos principios básicos de la bioética, como son:
1) El principio de Beneficencia: consiste en hacer el bien no sólo al individuo enfermo, sino a la sociedad en su conjunto. Se basa en que los procedimientos diagnósticos y terapias que se apliquen deben ser seguros y efectivos.
2) El principio de no-maleficencia: se basa en el principio hipocrático de Primum non nocere, es decir, «ante todo, no hacer daño», y que se traduce en la práctica en que el balance entre los beneficios y los riesgos de cualquier actuación médica debe ser siempre a favor de los beneficios.
3) El Principio de Justicia: este principio se basa por un lado en el hecho de que todas las personas son merecedoras de igual consideración y respeto y, por otro, en el hecho de que hay que trabajar en favor de una distribución justa y equitativa de los siempre limitados recursos sanitarios, para conseguir el máximo beneficio en la comunidad, evitando desigualdades en la asistencia sanitaria.
4) El principio de autonomía: se refiere al derecho que tiene la persona enferma a decidir, siempre que exprese su deseo. Este principio está recogido en una Ley que obliga a informar al enfermo, si así lo desea, sobre el diagnóstico, pronóstico y posibilidades terapéuticas, con sus riesgos y beneficios; permite al enfermo rechazar todo tipo de tratamiento o elegir uno distinto al propuesto; permite al enfermo, dentro de lo posible y con las limitaciones legales vigentes, elegir el momento, lugar y forma de su muerte. Es lo que en la práctica conocemos como “consentimiento informado”.
En base a estos principios, los profesionales de la medicina tienen la obligación de saber cuándo deben limitar el esfuerzo terapéutico por el bien del paciente, así como de garantizar, cuando proceda, el tratamiento paliativo y la cobertura de las necesidades personales, sociales y espirituales de la persona enferma.
Si cree que alguien de su entorno está viviendo una situación de este tipo,
puede contactar con DMD en el 913691746 para recibir asesoramiento.
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