A veces escuchamos o leemos en los medios de difusión que con buenos cuidados paliativos y accesibles a toda la población no haría falta una Ley de Eutanasia porque nadie necesitaría acogerse a ella. Esto mismo se mantiene en ciertos ambientes profesionales y lleva a confusión sobre el significado y las consecuencias de ambas prácticas. Fundamentalmente, esta confusión se focaliza en los conceptos de «sedación paliativa» y de «eutanasia», dos prácticas que acortan la vida de las personas, llevándonos a preguntarnos si responden al mismo tipo de situaciones, y si es verdad que la sedación paliativa, como parte de los cuidados paliativos y buena práctica médica, convierte la eutanasia en prescindible.
Por SOCO LIZARRAGA, médica
Para empezar, y antes de intentar aclarar qué diferencias existen entre sedación paliativa y eutanasia, me gustaría plantear algunos interrogantes:
- En el supuesto de que la sedación paliativa se pusiera a petición de la persona enferma, ¿se le dejaría elegir el momento, aunque no tuviera ningún síntoma mal controlado?
- ¿Se pondría en intensidad suficiente como para estar en coma irreversible hasta el fallecimiento o se dejaría reversible por si cambia la situación?
- Por último, ¿podrían solicitarla también personas que no se encuentren en situación terminal, pero cumplan los criterios para solicitar la eutanasia como, por ejemplo, una persona con tetraplejia?
La sedación la decide el profesional médico en una situación terminal con mal control de síntomas
La sedación paliativa consiste en administrar fármacos que disminuyen el nivel de conciencia de una persona en estado terminal para aliviar el sufrimiento físico o psíquico refractario, es decir que no ha podido controlarse de ninguna otra manera. Puede ser puntual —para aliviar un momento concreto de sufrimiento— o continua hasta el fallecimiento de la persona.
La sedación paliativa la ofrece y la pone el personal médico. El hacerlo correctamente exige la existencia de uno o más síntomas refractarios, tal y como está descrito en «Atención médica al final de la vida» por el grupo de trabajo formado por la Organización Médica Colegial y la Sociedad Española de Cuidados Paliativos. Esto implica que muchas personas que actualmente pueden acogerse a la Ley de Eutanasia no cumplen criterios para sedación paliativa hasta tener muy próximo su final, como son los casos de personas con cáncer y metástasis con buen control de síntomas. Tampoco cumplen estos criterios personas con enfermedades incapacitantes, pero con expectativa de vida de muchos años. Ejemplos de ello son las personas con tetraplejia y personas con ELA sin dificultad respiratoria.
Cuando se pone una sedación paliativa, el tiempo que tarda en morir la persona varía desde unas horas hasta cuatro o cinco días. La sedación paliativa profunda se debe hacer correctamente, evitando alargar una agonía que no tiene ningún sentido. Sin embargo, no siempre se hace con las dosis y continuidad suficientes como para que la persona no se despierte, lo que conlleva malestar y sufrimiento tanto para la persona enferma como para sus acompañantes.
La eutanasia es un derecho de la persona
Solicitar la eutanasia es una decisión de la persona. Si se obtiene el informe favorable para recibirla, de acuerdo con lo requerido por la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia (LORE), puede elegir el día y el lugar de su muerte, consensuándolo con el personal sanitario. Sabe que tendrá una muerte rápida e indolora ya que, en pocos segundos tras la inyección del primer medicamento, se quedará dormida y ya no despertará, falleciendo sin enterarse en menos de 30 minutos.
Otro aspecto diferencial importante es que la Ley de Eutanasia permite acceder a la ayuda médica a morir a personas con demencia, siempre que hayan dejado recogida esa opción en su testamento vital cuando estaban capacitadas para realizarlo. Sabemos que una persona con demencia puede estar muchos años «no siendo ella», pero sin problemas físicos importantes. Algunas personas consideran esta situación indigna y no desean que se prolongue. En estos casos, como en tantos otros, la LORE aporta tranquilidad. Prueba de ello es que, en casi todas las comunidades autónomas, la realización de testamentos vitales ha aumentado desde la aprobación de la Ley de Eutanasia.
En definitiva, la solicitud de eutanasia es un derecho de la persona, siempre y cuando cumpla los requisitos que marca la ley, mientras que la sedación paliativa es una práctica clínica que solo puede ofrecer el personal médico. Este último es quien decide practicar la sedación, marca el momento del inicio del procedimiento y determina su continuidad. No obstante, una buena práctica profesional requiere haber hablado previamente con la persona enferma y sus seres queridos, informándoles de la irreversibilidad del proceso de sedación paliativa profunda.
Con la eutanasia la persona decide el día y lugar de realización y sabe su duración. Este hecho es también muy importante para la familia y seres queridos de la persona enferma, ya que evita los sufrimientos provocados por una sedación paliativa discontinua que se puede demorar durante días.
La sedación paliativa no sustituye a la eutanasia
Volvemos ahora a las preguntas planteadas al principio de este artículo. Si se pudiese decir a una persona que desea morir «cuando tú quieras te ponemos la sedación paliativa irreversible», ¿esa persona no necesitaría solicitar la eutanasia y podría evitar así la tramitación y los plazos que conlleva?
Nuestra respuesta es que no es lo mismo, dado que el requisito ineludible para la aplicación de la sedación paliativa es encontrarse en situación terminal con sufrimiento refractario. Por lo tanto, implica inevitablemente la exclusión de las personas con un padecimiento incapacitante, tipo tetraplejia o enfermedades neurodegenerativas, aunque tengan un testamento vital solicitando ayuda para morir.
Artículo publicado originalmente en el número 91 de la revista de DMD.
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