Cuando el proceso judicial dilata el sufrimiento

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Desde la asociación Dret a Morir Dignament (DMD) Catalunya queremos manifestar nuestra preocupación tras la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) el 3 de abril de 2025, en relación con el caso de Francesc, un hombre de 54 años que ha solicitado la eutanasia tras haber sufrido tres ictus y dos infartos.

Esta sentencia estima los recursos presentados por el Ministerio Fiscal y por el padre de Francesc contra el auto del juzgado contencioso administrativo número 5 de Barcelona que había declarado inadmisible el recurso presentado por el progenitor contra la resolución de la Comisión de Garantía y Evaluación de Catalunya (CGAC), que había informado favorablemente la petición de eutanasia de Francesc.

La decisión del TSJC, si bien se limita a un aspecto procesal —el de reconocer que el padre puede estar legitimado para presentar recurso—, implica que el caso vuelva al propio juzgado para que se siga todo el procedimiento judicial, incluyendo la presentación de pruebas y testigos. Un proceso que, inevitablemente, supone una nueva dilación para Francesc, y en consecuencia, alargar su sufrimiento.

Alargar el tiempo, alarga el sufrimiento

Desde DMD recordamos que la eutanasia es un derecho personalísimo reconocido por la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia (LORE). «Nadie puede pedir la eutanasia por ti y nadie debería poder impedirla cuando se han respetado todas las garantías que impone la ley», afirma Cristina Vallès, presidenta de DMD Catalunya. “Francesc hace tiempo que se encuentra en una situación de enfermedad o limitaciones graves e irreversibles que le provocan un sufrimiento insoportable, la Justicia debería tenerlo muy en cuenta para no acabar infligiendo de hecho un trato inhumano y degradando a la persona al alargar su sufrimiento”.

Sólo la persona que sufre puede solicitar ese derecho, y nadie debería poder interferir en una decisión tan íntima y tan garantizada por nuestro ordenamiento jurídico.

En el caso de Francesc, como en el de tantas otras personas que se encuentran en una situación de sufrimiento insoportable a causa de una enfermedad grave e incurable, cada día de espera es un día más de sufrimiento. Así lo expresó hace pocas semanas la joven Noelia, que se encuentra en una situación similar, ante el juzgado contencioso administrativo número 12 de Barcelona, ​​que finalmente dictó una sentencia ejemplar en la que estableció que su padre no estaba legitimado para recurrir y que la resolución de la CGAC era conforme a la ley.

Por eso consideramos que la sentencia del TSJC, aunque estrictamente procesal, no debería abrir la puerta a una práctica que podría convertirse en un precedente peligroso: que terceras personas, ajenas al sufrimiento directo, puedan condicionar o bloquear el ejercicio de un derecho reconocido legalmente y avalado por comisiones médicas especializadas.

Desde DMD insistimos en que detrás de los casos como el de Francesc o Noelia se esconden colectivos que buscan frenar, llevando a la justicia, un derecho que ganamos políticamente en 2021 y con un amplio consenso social. Es necesario, pues, luchar desde todos los ámbitos posibles, para seguir garantizando el derecho a una muerte digna.

Una ley para proteger, no para ser cuestionada

En Catalunya se han llevado a cabo 142 eutanasias durante el año 2024, todas con normalidad y con el apoyo de las familias. Sólo dos fueron objeto de recurso. Justamente estas dos son las que algunos grupos quieren convertir en ejemplo, no para mejorar la ley, sino para desprestigiarla e intentar frenar un derecho que la ciudadanía ha conquistado democráticamente.

Hay que recordar por qué se aprobó esta ley: para que personas como Ramón Sampedro, María José Carrasco o Carina puedan evitar un sufrimiento innecesario y morir con dignidad, cuando su situación médica ya no les permite vivir con calidad. Sabemos que sólo una pequeña parte de la población recurrirá a ese derecho, pero para estas personas es una prestación esencial.

Defenderemos siempre el derecho a morir dignamente

Desde DMD continuaremos defendiendo que nadie debería poder recurrir una resolución favorable a una solicitud de eutanasia cuando se han cumplido todas las garantías legales. No se trata de una opinión, sino de un principio fundamental: el derecho a decidir sobre la propia vida y muerte debe ser respetado como el derecho más íntimo y personal de todos.

Confiamos en que el juzgado contencioso administrativo número 5 de Barcelona siga el camino marcado por el juzgado en el caso de Noelia, y reconozca que la resolución de la CGAC en el caso de Francesc fue plenamente conforme a derecho.

La dignidad, la libertad y la compasión deben seguir estando en el centro de la aplicación de la LORE.

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