Western Australia, segundo estado del país en regular la muerte voluntaria

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El estado australiano de Western Australia aprobó en diciembre de 2019 su ley de muerte voluntaria asistida. Entrará en vigor a mediados de 2021. De esta forma, Western Australia sigue los pasos del estado de Victoria, que hizo lo propio en diciembre de 2017 y junio de 2019, siendo el primero de los seis estados del país en regular la muerte voluntaria.

Aquí puedes ver el texto de la ley de muerte voluntaria asistida aprobada en Western Australia.

 

¿Qué diferencia hay entre eutanasia y suicidio asistido?

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La diferencia entre la eutanasia y el suicidio asistido es, básicamente, quién administra el fármaco. En el caso de la eutanasia es el personal sanitario quien administra el medicamento que provoca la muerte y en el caso del suicidio asistido es el o la paciente quien se autoadministra el medicamento que otra persona le ha proporcionado.

Esta diferencia, que puede parecer sutil, está recogida en nuestro Código Penal. Hay que tener claro que tanto la eutanasia como el suicidio asistido son ilegales en España, y conllevan penas privativas de libertad, aunque la severidad de la pena pueda variar de un caso al otro entre los dos y los diez años. Existe un atenuante, en ambos casos, cuando se trata de cooperación con con una persona que ha pedido expresamente ayuda para morir por sufrir “una enfermedad grave que conduciría necesariamente a su muerte”.

Artículo 143 del Código Penal
  1. El que induzca al suicidio de otro será castigado con la pena de prisión de cuatro a ocho años.
  2. Se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años al que coopere con actos necesarios al suicidio de una persona.
  3. Será castigado con la pena de prisión de seis a diez años si la cooperación llegara hasta el punto de ejecutar la muerte.
  4. El que causare o cooperare activamente con actos necesarios y directos a la muerte de otro, por la petición expresa, seria e inequívoca de éste, en el caso de que la víctima sufriera una enfermedad grave que conduciría necesariamente a su muerte, o que produjera graves padecimientos permanentes y difíciles de soportar, será castigado con la pena inferior en uno o dos grados a las señaladas en los números 2 y 3 de este artículo.

En DMD defendemos la regularización de la eutanasia para que cada persona pueda libremente decidir cuándo despedirse. Sin sufrimiento, sin dolor, y sin poner en riesgo a terceras personas.

Desescalada en DMD

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Con el fin del Estado de Alarma, en DMD volvemos progresivamente a realizar atención de forma presencial en la Sede de la Puerta del Sol (Madrid) para poder atenderos presencialmente (casi) como siempre.

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Estaremos compaginando el teletrabajo con el trabajo presencial, por eso para poder atenderte es necesario concertar una cita previa. Puedes solicitarla a través del teléfono: 91 369 17 46.

Una vez concertada, es muy importante respetar las normas de seguridad para garantizar la salud de todos y todas:

  • Acude a tu cita con puntualidad
  • Utiliza mascarilla
  • Lávate las manos al entrar y al salir
  • No acudas en caso de tener algún síntoma de enfermedad
  • Sigue las recomendaciones del personal
  • Si finalmente no puedes acudir, agradecemos que llames para anular la cita.

Si piensas que podemos resolver tus dudas de manera telemática, ponte en contacto con nosotros por correo electrónico informacion@derechoamorir.org o por teléfono 91 369 17 46.
Contacta con tu grupo local para saber horarios y opciones de citas presenciales en otros puntos.

Seguimos haciendo actividades online. Para estar al día, puedes seguirnos en nuestras redes sociales pinchando en cualquiera de estos iconos:

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El tabú de la muerte

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La muerte es un paso ineludible para todas las personas pero, generalmente, no es un paso que nos apetezca dar. La despedida definitiva nos duele tanto que preferimos fingir que podemos evitarla. Escondemos la muerte y lo que la rodea, silenciamos el tema hasta convertirlo en tabú. 

Sin embargo, la muerte es probablemente la única cosa verdaderamente inevitable de la vida. Flaco favor nos hacemos, por tanto, eludiendo encararla con madurez. No podemos evitar que la gente muera, pero podemos evitar que muera mal. Para ello, debemos, en primer lugar, acabar con el tabú que acompaña a la muerte. Si no hablamos de ella, ¿Cómo vamos a saber afrontarla?. 

La ley reconoce el derecho de los pacientes a decidir sobre los tratamientos que quiere o no recibir y, del mismo modo, reconoce el derecho a recibir cuidados paliativos para evitar el sufrimiento. Sin embargo, si alcanzamos un nivel de deterioro agudo de manera repentina, serán nuestros familiares -o los médicos- quienes tengan que tomar la decisión por nosotros. Esto no sólo es contrario a la libertad individual, puesto que deberíamos poder decidir en todo momento sobre nuestras vidas, sino que además coloca a nuestros seres queridos y a los profesionales en una tesitura difícil de afrontar. Muchas veces, el dolor de la pérdida nos lleva a no dejar marchar a las personas que queremos, y empujamos a los equipos médicos a alargar una situación de sufrimiento aun cuando no existen posibilidades de recuperación. Es lo que conocemos como “encarnizamiento u obstinación terapéutica”. 

¿Cómo podemos acabar con el tabú de la muerte? 

En primer lugar, evidentemente, hablando sobre ella con nuestros seres queridos. No hace falta esperar a que la muerte nos aceche para abordar este tema. De hecho, resulta más sencillo abordarlo en momentos de calma. De esta forma podemos también reflexionar internamente y con sinceridad sobre el modo en el que queremos decir adiós, o de qué forma nos gustaría que nos recordasen y nos despidieran.  

Más allá de la conversación y la expresión informal de nuestros deseos, tenemos la posibilidad de realizar un Testamento Vital en el que dejarlos por escrito. Este documento es especialmente útil si llega el día en que la situación médica es irreversible y no puedes comunicar tu voluntad. Tiene validez jurídica y por tanto es de obligado cumplimiento. Existe un registro en cada Comunidad Autónoma y otro estatal donde se archivan todos los documentos y que los médicos pueden consultar. Sin embargo, la realidad de nuestro Sistema Nacional de Salud, en el que generalmente hay menos manos de las que verdaderamente hacen falta, dificulta enormemente que los profesionales de la medicina comprueben dicho registro. Por tanto, conviene que, de hacerlo, le expliquemos a nuestros allegados que ese documento existe, para que puedan, en un momento dado, reivindicar su cumplimiento y permitir que hagamos las cosas conforme a nuestros deseos. Permitir, en definitiva, que seamos libres hasta el final.

No quiero recibir más tratamientos ¿Qué puedo hacer?

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Tijeras quirúrjicas

¿Qué puedo hacer si no quiero recibir más tratamientos? es una pregunta que muchas personas se hacen aún en nuestro país y cuya respuesta debería ser sencilla. Tendría que bastar con comunicarlo. Lamentablemente, otras muchas personas ni siquiera son conscientes de que el tratamiento es siempre voluntario, y esto nos lleva a que el encarnizamiento terapéutico sea aún una realidad en nuestro país.

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Guía de las Covidecisiones

Prensa DMDNoticias

Ante las consultas recibidas por algunas personas asociadas y la incertidumbre generada por esta situación, hemos elaborado la Guía de las Covidecisiones.

Este documento pretende facilitar la reflexión sobre la toma de decisiones en caso de enfermar por coronavirus. DMD no puede garantizar que se respeten tus derechos, pero sí ofrecerte herramientas para que cada persona pueda reflejar y defender sus decisiones.

Esperamos que esta guía te sirva de ayuda y reflexión.

Morir con dignidad en tiempos de pandemia

Prensa DMDAsturias

El necesario respeto a los derechos del paciente incluso en momentos de gran alarma sanitaria como pueda ser la pandemia del covid-19

La epidemia covid-19 ha supuesto un cambio radical en nuestras vidas, algo que aún nos cuesta creer que pueda estar produciéndose, una distopía propia de una película de Hollywood. Pero no, es real, una triste y escalofriante realidad.

La situación de emergencia ha condicionado una necesidad de cambios en nuestras vidas y ha supuesto también una adaptación de nuestro sistema sanitario al escenario creado.

Artículo completo, publicado por Fernanda del Castillo, Presidenta de Derecho a Morir Dignamente de Asturias, en la Nueva España. 

 

 

Muerte Digna en Oregón: Informe 2019

Prensa DMDInternacional

La Ley de Muerte Digna de Oregón requiere que la Autoridad Sanitaria de Oregón recoja información sobre los pacientes y los médicos que participan en la aplicación de la misma, así como la publicación de un informe anual. El que aquí presentamos es el correspondiente a 2019. 

A grandes rasgos, cabe destacar que, en 2019, 290 personas recibieron prescripciones al amparo de esta ley. A fecha 17 de enero de 2020, 188 personas habían muerto en 2019 por la ingesta de medicación prescrita para ello, incluyendo 18 personas que habían recibido las prescripciones en años anteriores.

Las características de los pacientes que se acogieron a la Ley de Muerte Digna en Oregón fueron similares a aquellas de los años anteriores: la mayoría de los pacientes tenían 65 años o más (el 75%) y la mayoría tenían cáncer (68%).

En 2019, la Autoridad Sanitaria de Oregón reportó a la Junta Médica de Oregón a un médico por no cumplir con los requerimientos de la Ley de Muerte Digna.  

Puedes consultar el informe completo aquí. 

DMD Araba retomará sus charlas coloquio tras el Covid-19

Prensa DMDEuskadi

Antes de que la pandemia del Covid-19 trastocara nuestras vidas, DMD Araba venía realizando una serie de charlas coloquio por todo su territorio, con el objetivo de hacer de la buena muerte un valor presente en nuestra sociedad. En las últimas semanas antes de la declaración del Estado de Alarma, que hizo que todos los eventos fueran cancelados en nuestro país, DMD Araba se había reunido en diversos lugares, como Boteria, Amurrio, Samaniego o Berantevilla, y tenía otros muchos previstos, que lamentablemente tuvieron que ser cancelados.

El objetivo de estos encuentros con la sociedad es defender el derecho a la libertad al final de la vida, contribuir a la difusión del Documento de Voluntades Anticipadas y, por supuesto, dar la bienvenida a aquellas personas que quieran incorporarse como socias a la familia de DMD. Por eso, cuando las circunstancias lo permitan, DMD Araba recuperará su agenda para seguir recorriendo los pueblos y ciudades de la provincia en defensa del derecho a la buena muerte.

 

 

 

 

Ley de autonomía del paciente: el Testamento Vital como derecho

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Ley de autonomía del paciente. El testamento vital es un derecho

La Carta Europea de los Derechos del Paciente, redactada en 2002, identifica 14 derechos básicos y tiene como objetivo alcanzar una sanidad global e igualitaria en todo el territorio europeo. Ese mismo año se aprobó en nuestro país la ley de Autonomía del Paciente, que establece un marco regulador para las relaciones clínico asistenciales basado en el diálogo, el respeto mutuo y la responsabilidad compartida.

Esta ley recoge varios aspectos que tienen que ver con la libertad de elección del paciente y con la garantía de la buena muerte:

  •  La información clínica debe ser comprensible y adecuada a cada necesidad tanto para el paciente como para su representante legal.
  • Como pacientes, debemos poder decidir libremente entre todas las opciones clínicas disponibles. Es lo que conocemos como consentimiento informado.
  • La intimidad personal y familiar y la confidencialidad son también un derecho del paciente.
  •  Podemos negarnos al tratamiento y nuestras decisiones como pacientes, adoptadas libre y voluntariamente, deben ser siempre respetadas.
  • Se debe aliviar el sufrimiento, garantizando el acceso a una medicina paliativa de calidad que sea respetuosa con nuestros valores y creencias, y recurriendo a la sedación paliativa si  esa es nuestra voluntad, para poder morir mientras dormimos.
  • El documento de instrucciones previas, o testamento vital, en el que se manifiesta anticipadamente nuestra voluntad como pacientes, tiene absoluta validez. Debe servir como guía en el momento en que lleguemos a una situación irreversible y no podamos comunicarnos.

En resumen, la dignidad de la persona, el respeto a la autonomía de su voluntad y a su intimidad; el consentimiento previo a toda actuación, y la decisión libre entre las opciones clínicas disponibles, son los principios básicos de esta ley, cuyo eje básico son los derechos de los pacientes.