Canarias: 94 personas se acogen a la prestación de ayuda a morir desde 2021
Durante 2025 se realizaron en las islas dieciséis prestaciones, lo que representa una tasa de 0,9 por 1.000 fallecimientos. Diez fueron en la provincia de Las Palmas y seis en la de Santa Cruz de Tenerife.
Cinco años de la Ley de Eutanasia: 4 obstáculos y 4 soluciones para garantizar tu derecho
Hoy, 25 de junio se cumplieron cinco años de un hito histórico: la entrada en vigor de la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia (LORE) en España.
Sin embargo, para la Asociación Derecho a Morir Dignamente (DMD), este quinto aniversario no puede ser solo de celebración.
Debe ser de denuncia y de exigencia.
Los datos provisionales ofrecidos por el Ministerio de Sanidad sobre la prestación de ayuda para morir son llamativos:
En 2025 finalizaron 1.187 procesos relativos a la prestación de ayuda para morir, es decir, solicitudes cuyo desenlace se produjo durante el año, con independencia de la fecha en la que se hubieran iniciado. Del total, 565 concluyeron con la realización de la prestación, lo que supone el 47,7 %.
El fallecimiento de la persona solicitante durante la tramitación fue el desenlace de 374 procesos (31,5 % del total).
Además, 157 solicitudes concluyeron con una denegación (13,2 % de los procesos finalizados).
Bajo el lema "5 años. Sin excusas. La ley existe. Exijamos que funcione para todos", desde DMD hemos analizado la situación actual y denunciamos que las personas solicitantes siguen enfrentándose a demoras innecesarias, desigualdades territoriales, burocracia y falta de atención en la sanidad privada (donde solo se tramita el 3 % de las solicitudes).
Para revertir este sufrimiento innecesario y hacer que la ley funcione en la práctica, exigimos 4 mejoras urgentes:
1. El laberinto de la solicitud: necesitamos un Protocolo Asistencial
Una de cada dos solicitudes no llega a completarse. El sistema improvisa.
Si sufres un infarto, los sanitarios tienen un protocolo estandarizado. Saben qué hacer. Sin embargo, cuando se presenta una solicitud de eutanasia, muchos centros sanitarios improvisan. Los pacientes se enfrentan a dudas sobre quién recoge el documento, quién designa al médico responsable o qué hacer ante objeciones de conciencia.
La solución de DMD: reclamamos un Protocolo Asistencial de Eutanasia homogéneo para todos los centros sanitarios (públicos y privados) del Estado. Un documento que guíe paso a paso a los sanitarios, eliminando la burocracia que prolonga el sufrimiento de las personas que se encuentran en lo que la ley denomina contexto eutanásico.
2. Desigualdad territorial: urgen Unidades de Eutanasia en cada CCAA
El código postal no puede decidir tu derecho.
El acceso a la ayuda médica a morir en España depende en gran medida de dónde vivas. Mientras en unas autonomías el proceso dura semanas, en otras se alarga meses. A esto se suma que el Consejo Interterritorial de Salud aplazó en el pasado abril la aprobación de la segunda edición del Manual de Buenas Prácticas en Eutanasia, frenando la homogeneidad de todo el territorio español.
La solución de DMD: exigimos la creación real y dotada de recursos de una Unidad de Eutanasia tanto en el sistema público como en el privado en cada comunidad autónoma. Un equipo técnico que informe a la ciudadanía, asesore a los médicos y garantice que ninguna solicitud se quede olvidada en un cajón.
VÍDEO: Fernando Marín - "El código postal no puede decidir tu derecho"
3. Médicos saturados: reconocimiento profesional y agendas
Quieren ayudar. El sistema no les deja.
Muchos profesionales de la sanidad están dispuestos a acompañar a los pacientes en el ejercicio de la eutanasia, pero el sistema no les facilita el tiempo necesario en sus jornadas. Tramitar una solicitud requiere entrevistas, informes y coordinación, un esfuerzo que hoy las médicas y los médicos asumen a costa de su tiempo personal o de retrasar otras consultas.
La solución de DMD: reclamamos la liberación de agendas y reconocimiento profesional para los equipos médicos que tramitan prestaciones de eutanasia. El cumplimiento de una ley orgánica no puede sostenerse exclusivamente en el voluntarismo de unos pocos.
4. Muro burocrático: Un procedimiento abreviado para casos urgentes
Cuando quedan semanas, cada día es una despedida que no pudo ser. En los casos en que el fallecimiento es inminente, el tiempo lo es todo. La burocracia habitual de la LORE es una trampa para quienes tienen semanas o días de vida.
En 2025, 374 personas fallecieron esperando una respuesta del sistema que nunca llegó a tiempo. No solo perdieron los últimos días de su vida en un laberinto burocrático que no les atendía con la humanidad que necesitaban.
También se les impidió el derecho a finalizar su vida de una forma digna, en compañía de sus familiares y allegados, en la intimidad de su hogar o en un entorno agradable, y de acuerdo con su deseo y sus valores.
La solución de DMD: reclamamos implementar un procedimiento abreviado para casos en los que el fallecimiento pueda ser inminente. No es pedir atajos, es asegurar que la ley llega a tiempo a las personas más frágiles.
Tu voluntad debe ser respetada: el primer paso
Que la ley mejore es responsabilidad de las Administraciones.
Pero hay algo que está en tu mano para blindar tu voluntad ante el futuro, especialmente si algún día pierdes la capacidad de comunicarte (por ejemplo, a causa de una demencia o una enfermedad neurodegenerativa).
Para que se respete tu derecho a morir dignamente en esas circunstancias, es imprescindible que registres tu testamento vital (también conocido como Documento de Instrucciones Previas).
Mi vida es mía. #LibresHastaElFinal
Porque los derechos no se regalan.
Se conquistan cada día.
Somos independientes. Si te parece importante nuestro trabajo,
te animamos a que te unas (50€/al año)
DMD reclama un protocolo asistencial para orientar a los profesionales y agilizar la prestación de ayuda médica a morir
En el quinto aniversario de la ley de la eutanasia, continúan los obstáculos que vulneran este derecho.
La Asociación Derecho a Morir Dignamente (DMD) reivindica la implantación de un protocolo asistencial unificado y de Unidades de la Eutanasia en cada comunidad autónoma con el objetivo de facilitar la labor de los profesionales implicados y de facilitar el acceso a la eutanasia a las personas solicitantes.
Cinco años después de la entrada en vigor de la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia, las personas solicitantes de este derecho se encuentran con numerosos obstáculos, demoras y desigualdades territoriales que prolongan y agravan su sufrimiento, así como el de familiares y personas allegadas.
Las cifras provisionales de 2025 sobre la Ayuda Médica a Morir hablan por sí solas: se han recibido un total de 1.284 solicitudes y se han finalizado 1.187 procesos. De ellos, 565 son prestaciones de ayuda a morir realizadas (47,6 %). Sin embargo, ha habido 157 denegaciones (13,2 %) y 374 personas han fallecido durante el proceso (31,5 %). En cuento a las revocaciones, se cifran en 91 (7,7 %).
Desde que se aprobó la ley en 2021 y hasta los datos provisionales de 2025, ha habido 3.811 solicitudes y se han llevado a cabo 1.668 prestaciones, según datos facilitados por el Ministerio de Sanidad.
Alargar el “contexto eutanásico”
Estas cifras nos muestran una dura realidad: solicitudes que se impiden registrar o que no se tramitan correctamente, un laberinto burocrático, actitudes paternalistas, retrasos innecesarios que superan los plazos establecidos, desigualdades territoriales, profesionales que desconocen cómo actuar ante una solicitud, objeciones de conciencia sobrevenidas, etc.
Todo ello mientras la persona solicitante se encuentra en lo que la ley denomina “contexto eutanásico”; es decir, que padece una enfermedad grave e incurable, o un padecimiento grave, crónico e imposibilitante. En estas circunstancias especialmente difíciles y vulnerables, cualquier obstáculo supone multiplicar el sufrimiento e impedir a la persona finalizar su vida según su voluntad y valores, de forma tranquila y en compañía de sus familiares y seres queridos.
También en la sanidad privada
A pesar de que la Ley orgánica de regulación de la eutanasia indica que esta prestación se realizará tanto en centros públicos como privados y concertados, la realidad es que la inmensa mayoría de las prestaciones se llevan a cabo en la sanidad pública (en 2024 el 97 % de las prestaciones se realizaron en la sanidad pública ).
Este dato pone en evidencia otra reclamación de DMD: la necesidad de que tanto el Ministerio de Sanidad como las administraciones autónomas desarrollen acciones encaminadas a eliminar esta desigualdad, con el objetivo de que las y los pacientes de la sanidad privada puedan registrar sus solicitudes y llevar a cabo los procedimientos en dicho entorno, evitando, por ejemplo, derivaciones a otros centros sanitarios.
El artículo 14 de la Ley orgánica de regulación de la eutanasia dice que “La prestación de la ayuda para morir se realizará en centros sanitarios públicos, privados o concertados, y en el domicilio, sin que el acceso y la calidad asistencial de la prestación puedan resultar menoscabados por el ejercicio de la objeción de conciencia sanitaria o por el lugar donde se realiza”.
Un protocolo para guiar a los profesionales implicados
La Asociación Derecho a Morir Dignamente (DMD) reclama la implantación en todo el territorio español de un protocolo asistencial de eutanasia que ayude a los profesionales sanitarios implicados, especialmente en sus primeras etapas, con el fin de que no se alarguen innecesariamente los trámites y ayudar a los solicitantes en el final de su vida.
Los protocolos asistenciales son directrices adaptadas a cada centro sanitario, que guían a los profesionales de la salud ante decenas de situaciones clínicas. Su objetivo es minimizar la variabilidad y garantizar la seguridad del paciente.
El protocolo de asistencia a la eutanasia debe incluir aspectos como:
- Qué hacer cuando un paciente solicita la eutanasia: obligación de recoger y firmar la solicitud (sea o no el profesional sanitario objetor de conciencia).
- A quién se entrega la solicitud firmada por un profesional sanitario que es objetor de conciencia.
- Cómo se notifica la primera solicitud a la Unidad de Eutanasia.
- Cómo se garantiza un médico responsable en un plazo razonable (dos o tres días).
- Cómo proceder ante el riesgo de muerte en semanas: procedimiento abreviado. Aprobar sin demora la eutanasia en casos en que el fallecimiento está próximo, permite que la persona planifique una despedida tranquila con sus seres queridos.
- Quiénes son los profesionales referentes en eutanasia en cada centro, con capacidad de ofrecer apoyo en el proceso deliberativo y la redacción de los informes.
- Cómo se accede al médico consultor.
- Tareas del equipo asistencial durante toda la tramitación.
- Cómo consultar con la Unidad de Eutanasia.
Una Unidad de Eutanasia en cada Comunidad Autónoma
El borrador de la segunda edición del Manual de Buenas Prácticas en Eutanasia incluye una reclamación de Derecho a Morir Dignamente desde 2021, como es la creación de una Unidad de Eutanasia (también denominada Unidad Técnica de Apoyo a la Prestación de Ayuda para Morir, Unidad de Soporte para la PAM, Equipo Referente y Oficina de la PRAM) que garantice la tramitación de todas las solicitudes de eutanasia.
Sin embargo, en su última reunión el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (SMS), celebrado el pasado mes de abril, aplazó la aprobación de este manual, lo que supone un nuevo obstáculo en el derecho a la eutanasia al no implantarse todavía las mejoras que observa este borrador.
Esta Unidad de Eutanasia debería poner a disposición de los y las profesionales herramientas que faciliten la tramitación, como una aplicación informática LORE, con textos de apoyo a los informes; con una supervisión que asegure la calidad de los informes; y una coordinación con los gestores del sistema sanitario, tanto público como privado, evitando demoras indebidas en el procedimiento.
Además, se debe realizar un reconocimiento profesional a todas las personas implicadas en la prestación, proponiendo medidas concretas como la liberación de agendas y la compensación del exceso de jornada con dos días libres.
Esta Unidad de Eutanasia tendría como objetivos:
- Informar a la ciudadanía.
- Prestar apoyo operativo a las y los profesionales.
- Implantar un modelo basado en profesionales referentes que guiarían en el procedimiento a seguir.
- Se encargaría de realizar un registro y trazabilidad de todas las solicitudes.
- Facilitaría la comunicación bidireccional entre áreas asistenciales y la Comisión de Garantía y Evaluación.
¿Y las personas solicitantes con enfermedad mental?
El borrador de la segunda edición del Manual de Buenas Prácticas no incluye un tema especialmente delicado que desde DMD instamos que a que se incluya en su próxima revisión, como es la necesidad que tiene los profesionales implicados de disponer de indicaciones claras sobre cómo actuar en caso de solicitantes con enfermedad mental.
DESCARGA AQUÍ LA NOTA DE PRENSA
Accede a la rueda de prensa de DMD en nuestro canal de Youtube.
InformeDMDAnexo I_RdP_Informe4AñosLeyEutanasia_2024_V3
Anexo II_RdP_Informe5AñosLeyEutanasia_2025_V3 (1)
(1) Jornada Cinco años de Ley orgánica de regulación de la eutanasia: avanzando en derechos, celebrada el 17 de junio de 2026 en el Ministerio de Sanidad.
(2) Informe Anual 2024 sobre la Prestación de Ayuda para Morir, publicado por el Ministerio de Sanidad en diciembre de 2025.
DMD reclama un protocol assistencial per orientar els professionals i agilitzar la prestació de l’ajuda mèdica a morir
L’Associació Federal Dret a Morir Dignament (AFDMD) reivindica la implantació d’un protocol assistencial unificat així com la creació d’Unitats d’Eutanàsia a cada comunitat autònoma, amb l’objectiu de facilitar la tasca dels professionals implicats i de facilitar l’accés a l’eutanàsia a les persones sol·licitants.
Cinc anys després de l’entrada en vigor de la Llei Orgànica de Regulació de l’Eutanàsia (LORE), les persones sol·licitants d’aquest dret es troben amb nombrosos obstacles, demores i desigualtats territorials que prolonguen i agreugen el seu patiment, així com el de familiars i persones properes.
Les xifres provisionals del 2025 sobre l’Ajuda Mèdica a Morir parlen per si soles: s’han rebut un total de 1.284 sol·licituds i s’han finalitzat 1.187 processos. D’aquests, 565 són prestacions d’ajuda a morir fetes (47,6 %). Tot i això, hi ha hagut 157 denegacions (13,2 %) i 374 persones han mort durant el procés (31,5 %). Pel que fa a les revocacions, es xifren en 91 (7,7 %).
Des que es va aprovar la llei el 2021 i fins a les dades provisionals del 2025, hi ha hagut 3.811 sol·licituds i s’han dut a terme 1.668 prestacions, segons dades facilitades pel Ministeri de Sanitat.
Allargar el “context eutanàsic”
Aquestes xifres ens mostren una dura realitat: sol·licituds que s’impedeix registrar o que no es tramiten correctament, abocant sovint a un laberint burocràtic; actituds paternalistes envers els demandants; retards innecessaris que superen els terminis establerts; desigualtats territorials; professionals que desconeixen com actuar davant d’una sol·licitud; objeccions de consciència sobrevingudes, etc.
Tot això mentre la persona sol·licitant es troba en allò que a la llei denomina “context eutanàsic”; és a dir, que pateix una malaltia greu i incurable, o un patiment greu, crònic i impossibilitant. En aquestes circumstàncies especialment difícils i de vulnerabilitat, qualsevol obstacle suposa multiplicar el patiment i impedir a la persona finalitzar la seua vida segons la seua voluntat i valors de manera tranquil·la i en companyia dels seus familiars i éssers estimats.
També a la sanitat privada
Tot i que la Llei orgànica de regulació de l’eutanàsia indica que aquesta prestació es realitzarà tant en centres públics com privats i concertats, la realitat és que la immensa majoria de les prestacions es duen a terme a la sanitat pública (el 2024, el 97 per cent de les prestacions es van realitzar a la sanitat pública).
Aquesta dada posa en evidència com d’assenyada és una altra reclamació de DMD: la necessitat que tant el Ministeri de Sanitat com les administracions autònomes desenvolupen accions encaminades a eliminar aquesta desigualtat, amb l’objectiu que els pacients de la sanitat privada puguen registrar les seues sol·licituds i dur a terme els procediments en aquest entorn, evitant, per exemple, derivacions a altres centres sanitaris.
L’article 14 de la Llei orgànica de regulació de l’eutanàsia diu que «La prestació de l’ajuda per morir es farà en centres sanitaris públics, privats o concertats, i al domicili, sense que l’accés i la qualitat assistencial de la prestació puguen resultar menyscabats per l’exercici de l’objecció de consciència sanitària o pel lloc on es fa».
Un protocol per guiar els professionals implicats
L’Associació Federal Dret a Morir Dignament (AFDMD) reclama la implantació a tot el territori espanyol d’un protocol assistencial d’eutanàsia que ajude els professionals sanitaris implicats, especialment en les primeres etapes, a fi que no s’allarguen innecessàriament els tràmits, ajudant així els sol·licitants al final de la seua vida.
Els protocols assistencials són directrius adaptades a cada centre sanitari, que guien els professionals de la salut davant de desenes de situacions clíniques. El seu objectiu és minimitzar la variabilitat i garantir la seguretat del pacient.
El protocol d’assistència a l’eutanàsia ha d’incloure aspectes com :
- Què cal fer quan un pacient sol·licita l’eutanàsia: obligació de recollir i signar la sol·licitud (siga o no el professional sanitari objector de consciència).
- A qui es lliura la sol·licitud signada per un professional sanitari que és objector de consciència.
- Com es notifica la primera sol·licitud a la Unitat d’Eutanàsia.
- Com es garanteix un metge responsable en un termini raonable (dos o tres dies).
- Com procedir davant del risc de mort a curt termini: procediment abreujat. Aprovar sense demora l’eutanàsia en casos en què la mort és propera, permet que la persona planifique un comiat tranquil amb els seus éssers estimats.
- Qui són els professionals referents de l’eutanàsia a cada centre, amb capacitat d’oferir suport en el procés deliberatiu així com la redacció dels informes.
- Com s’accedeix al metge consultor.Tasques de l´equip assistencial durant tota la tramitació.Com consultar amb la Unitat d’Eutanàsia.
Una Unitat d’Eutanàsia a cada comunitat autònoma
L’esborrany de la segona edició del Manual de Bones Pràctiques a l’Eutanàsia inclou una reclamació de Dret a Morir Dignament des de 2021, com és la creació d’una Unitat d’Eutanàsia (també anomenada Unitat Tècnica de Suport a la Prestació d’Ajuda per Morir).
Tot i això, en la seua última reunió, el Consell Interterritorial del Sistema Nacional de Salut (SNS), celebrat el mes d’abril passat, va ajornar l’aprovació d’aquest manual, fet que suposa un nou obstacle en el dret a l’eutanàsia en no implantar-se encara les millores que inclou aquest esborrany.
Aquesta Unitat d’Eutanàsia hauria de posar a disposició dels i les professionals eines que faciliten la tramitació, com una aplicació informàtica LORE, amb textos de suport als informes; amb una supervisió que assegure la qualitat dels informes; i una coordinació amb els gestors del sistema sanitari, tant públic com privat, evitant demores indegudes en el procediment.
A més, cal fer un reconeixement professional a totes les persones implicades en la prestació, proposant mesures concretes com l’alliberament d’agenda i la compensació de l’excés de jornada amb dos dies lliures.
Aquesta Unitat d’Eutanàsia tindria com a objectius:
- Informar la ciutadania.
- Donar suport operatiu a les i els professionals.
- Implantar un model basat en professionals referents que guiarien el procediment a seguir.
- S’encarregaria de fer un registre i establir la traçabilitat de totes les sol·licituds.
- Facilitaria la comunicació bidireccional entre les àrees assistencials i la Comissió de Garantia i Avaluació.
I les persones sol·licitants amb malaltia mental?
L’esborrany de la segona edició del Manual de Bones Pràctiques no inclou un tema especialment delicat que des de DMD instem que s’incloga en la propera revisió, com és la necessitat dels professionals implicats de disposar d’indicacions clares sobre com actuar en cas de sol·licitants amb malaltia mental.
DMD reclama un protocolo asistencial para orientar aos profesionais e axilizar a prestación de axuda médica para morrer
A Asociación Dereito a Morrer Dignamente (DMD) reivindica a implantación dun protocolo asistencial unificado e de Unidades da Eutanasia en cada comunidade autónoma co obxectivo de facilitar o labor dos profesionais implicados e favorecer o acceso á eutanasia das persoas solicitantes.
Cinco anos despois da entrada en vigor da Lei Orgánica de Regulación da Eutanasia, as persoas que solicitan este dereito seguen atopándose con numerosos obstáculos, demoras e desigualdades territoriais que prolongan e agravan o seu sufrimento, así como o das súas familias e persoas achegadas.
As cifras provisionais de 2025 sobre a Axuda Médica para Morrer falan por si sóas; recibíronse un total de 1.284 solicitudes e rematáronse 1.187 procesos. De eles, 565 son prestacións de axuda para morrer realizadas (47,6 %). Con todo, oubo 157 denegacións (13,2%) e 374 persoas faleceron durante o proceso (31,55). No que atingue ás revocacións, cífranse en 91 (7,7%).
Desde que se aprobou a lei en 2021 e ata os datos provisionais de 2025, houbo 3.811 solicitudes e leváronse a cabo 1.668 prestacións, segundo datos facilitados polo Ministerio de Sanidade.
Alongar o “contexto eutanásico”
Estas cifras non reflicten toda a dureza da realidade: solicitudes que non se permiten rexistrar ou que non se tramitan correctamente, un labirinto burocrático, actitudes paternalistas, atrasos innecesarios que superan os prazos establecidos, desigualdades territoriais, profesionais que descoñecen como actuar diante dunha solicitude ou obxeccións de conciencia sobrevidas, entre outras situacións.
Todo isto acontece mentres a persoa solicitante atópase no que a lei denomina “contexto eutanásico”, é dicir, padecendo unha enfermidade grave e incurable ou un padecemento grave, crónico e imposibilitante. Nestas circunstancias especialmente difíciles e vulnerables, calquera obstáculo multiplica o sufrimento e impide que a persoa poida rematar a súa vida conforme á súa vontade e aos seus valores, de maneira tranquila e acompañada polos seus seres queridos.
Tamén na sanidade privada
A pesar de que a Lei Orgánica de Regulación da Eutanasia establece que esta prestación debe realizarse tanto en centros públicos como privados e concertados, a realidade é que a inmensa maioría das prestacións seguen levándose a cabo na sanidade pública. En 2024, o 97 % das prestacións realizáronse neste ámbito.
Este dato evidencia outra das reclamacións de DMD: a necesidade de que tanto o Ministerio de Sanidade como as administracións autonómicas impulsen medidas que eliminen esta desigualdade, permitindo que os pacientes da sanidade privada poidan rexistrar as súas solicitudes e completar o procedemento no seu propio contorno asistencial, evitando derivacións innecesarias a outros centros.
O artigo 14 da Lei Orgánica de Regulación da Eutanasia establece que “a prestación da axuda para morrer realizarase en centros sanitarios públicos, privados ou concertados, e no domicilio, sen que o acceso e a calidade asistencial da prestación poidan verse menoscabados polo exercicio da obxección de conciencia sanitaria ou polo lugar onde se realice”.
Un protocolo para guiar aos profesionais implicados
A Asociación Dereito a Morrer Dignamente reclama a implantación en todo o territorio español dun protocolo asistencial de eutanasia que sirva de guía aos profesionais sanitarios implicados, especialmente nas primeiras fases do procedemento, para evitar atrasos innecesarios e acompañar adecuadamente as persoas solicitantes no final da súa vida.
Os protocolos asistenciais son directrices adaptadas a cada centro sanitario que orientan aos profesionais da saúde diante de numerosas situacións clínicas. O seu obxectivo é reducir a variabilidade e garantir a seguridade dos pacientes.
O protocolo de asistencia á eutanasia debe incluír cuestións como:
- Que facer cando un paciente solicita a eutanasia: obriga de recoller e asinar a solicitude (sexa ou non o profesional sanitario obxector de conciencia).
- A quen debe entregarse a solicitude asinada por un profesional sanitario que é obxector de conciencia.
- Como se notifica a primeira solicitude á Unidade da Eutanasia.
- Como garantir a asignación dun médico responsable nun prazo razoable (dous ou tres días).
- Como proceder nos casos de risco de morte en semanas: procedemento abreviado. Aprobar sen demora a eutanasia nos casos nos que o falecemento está próximo, permite que a pessoa planifique unha despedida tranquila coa seus seres queridos.
- Quen son os profesionais de referencia en cada centro, con capacidade de ofrecer apoio no proceso deliberativo e a redacción dos informes.
- Como acceder ao médico consultor.
- Tarefas do equipo asistencial durante toda a tramitación.
- Como consultar coa Unidade da Eutanasia.
Unha Unidade da Eutanasia en cada comunidade autónoma
O borrador da segunda edición do Manual de Boas Prácticas en Eutanasia inclue unha reclamación de Dereito a Morrer Dignamente desde 2021, como é a creación dunha Unidade da Eutanasia, (tamén denominada Unidade Técnica de Apoio á Prestación de Axuda para Morrer, Unidade de Soporte para a PAM, Equipo Referente e Oficina da PRAM) que garanta a correcta tramitación de todas as solicitudes.
Porén, na sua última reunión o Consello Interterritorial do Sistema Nacional de Saúde (SNS) celebrada o pasado mes de abril, aprazou a aprobación deste manual, o que supón un novo atranco no dereito á eutanasia ó non implantarse aínda as melosas que contempla este borrador.
Esta Unidade da Eutanasia debería poñer a disposición dos e das profesionais ferramentas que faciliten a tramitación, como unha aplicación informática LORE, con textos de apoio aos informes; cunha supervisión que asegure a calidade dos informes; e unha coordinación cos xestores do sistema sanitario, tanto público como privado, evitando demoras indebidas no procedimiento.
Ademais, debe realizarse un recoñecemento profesional a todas as persoas implicadas na prestación , propoñendo medidas concretas como a liberación de axendas e a compensación do exceso de xornada con dous días libres.
Esta Unidade da Eutanasia tería como obxectivos:
- Informar a cidadanía.
- Prestar apoio operativo aos e ás profesionais.
- Implantar un modelo baseado en profesionais referentes que guiarían no procedimiento a seguir.
- Encargaríase de facer un rexistro e trazabilidade de todas as solicitudes.
- Facilitaría a comunicación bidireccional entre áreas asistenciais e a Comisión de Garantía e Avaliación.
E as persoas solicitantes con enfermidade mental?
O borrador da segunda edición do Manual de Boas Prácticas non inclue un tema especialmente delicado que dende DMD instamos que se incluya na súa próxima revisión, como é a necesidades que teñen os profesionais implicados de disponer de indicaciones claras sobre cómo actuar en caso de solicitantes con enfermidade mental.













