Reacción de DMD a la noticia de la muerte voluntaria de María José Carrasco con ayuda Ángel Hernández

Prensa DMDNotas de prensa, Portada

Tras la publicación de la noticia de la muerte voluntaria de María José Carrasco, con ayuda de su marido Ángel Hernández, DMD declara:

  • Mª José Carrasco, de 69 años de edad, padecía una esclerosis múltiple desde 1989, una enfermedad degenerativa que en los últimos diez años la hizo dependiente para todas las actividades de la vida diaria.
  • Desde hace años, a causa de los sufrimientos que le provocaba su enfermedad, Mª José expresó de forma reiterada y firme su voluntad de morir. Estaba en plenitud de facultades mentales y era, por tanto, dueña de su vida y de su cuerpo. Incapaz de mover las manos, solicitó la ayuda de Ángel Hernández, su marido, para cumplir su deseo de morir.
  • En una sociedad democrática, basada en el respeto a la libertad individual y la pluralidad, resulta inaceptable que ayudar a una persona a disponer de su vida libremente esté castigado en el Código Penal. Defender el derecho a la vida no justifica obligar a una persona a vivir una vida deteriorada, con un sufrimiento inadmisible y que ya no desea.
  • El acto de Ángel Hernández de ayudar a morir a su mujer, a la que ha cuidado durante décadas, sólo puede entenderse como un acto de amor que no debería recibir ningún reproche penal.
  • La asistencia a las personas más vulnerables, como Mª José, con respeto a sus valores y a sus decisiones, es una medida de la calidad humana de una sociedad civilizada.
  • En ninguna otra cuestión hay tanta distancia entre los deseos de la ciudadanía y la legislación como en el de la regulación de la muerte asistida. Más del 80% de la población está a favor de despenalizar la eutanasia y el suicidio asistido. Sin embargo, el artículo 143 del Código Penal sigue castigándola con penas de prisión.
  • DMD exige a los futuros diputados y diputadas que regulen y despenalicen la eutanasia urgentemente. Hacerlo se ha vuelto ya un imperativo moral.

Campaña: ¡Que se cumpla la ley sobre el testamento vital en Madrid!

Prensa DMDBlog DMD, Madrid

Ya hace dos años que se aprobó la ley de muerte digna de Madrid, que regula el registro del testamento vital en la comunidad. Pero no se está cumpliendo. Por eso hemos lanzado una campaña de reclamaciones sobre el testamento vital en Madrid.

A pesar de que así lo establece la norma, en enero de 2019 observamos que:

  1. El testamento vital solo se puede registrar en 72 de los casi 300 centros de salud públicos.
  2. No se puede realizar en hospitales privados, ni centros socio-sanitarios (residencias) públicos o privados.
  3. No hay «información visible” en los centros de salud ni existe ninguna campaña de difusión del testamento vital y su importancia.
  4. No se incorporan los testamentos vitales a la historia clínica para que el personal sanitario pueda consultarlo con facilidad.

(Si quieres leer más datos que justifican esta campaña de denuncias pincha aquí)

A nuestras preguntas sobre estos incumplimientos, desde la Comunidad de Madrid nos han dicho que, puesto que no existen reclamaciones, entienden que la sociedad madrileña está satisfecha con su funcionamiento.

Por eso, desde DMD Madrid te proponemos que reclames tus derechos y te sumes a nuestra campaña de reclamaciones sobre el testamento vital en Madrid. ¡Hazles llegar tu descontento para presionar a la Comunidad de Madrid a que cumpla la ley! Cuantos más lo hagamos, más repercusión tendremos.

Reclamaciones

Elige qué reclamación quieres poner. Recuerda que puedes presentar las que quieras. Te proponemos tres modelos. Descarga el documento, rellénalo con tus datos y envíalo (más abajo detallamos dónde y cómo enviarlo).

  1. Descarga el modelo de reclamación sobre la imposibilidad de registrar el testamento vital en centros de salud, hospitales privados o centros socio-sanitarios (residencias de mayores)
  2. Descarga el modelo de reclamación sobre la no incorporación del testamento vital a la historia clínica
  3. Descarga el modelo de reclamación sobre la falta de información visible sobre el testamento vital en los centros

Aquí puedes leer la reclamación que DMD Madrid presentará sobre otros aspectos de la ley

¿Cómo presentar la reclamación?
  1. Descarga alguno de los documentos y rellénalo con tus datos personales
  2. Envíalos por correo electrónico a reclamaciones@salud.madrid.org ANTES DEL 28 DE FEBRERO
  3. O imprímelos y regístralos presencialmente en cualquier Oficina de Registro de la Comunidad de Madrid.
    En este caso debes indicar como destinatario «Consejería de Sanidad (C/Aduana, 29. 28013 Madrid)» a la persona que te atienda.
    Estas son algunas opciones para poder registrar presencialmente la reclamación:

    • Oficina de Registro de la Consejería de Sanidad (C/Aduana, 29. 28013 Madrid)
    • Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) (Pza. Carlos Trías Bertrán, 7 o  C/ Sagasta, 6)
    • Oficina de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid (C/Gran Vía, 3) (abierto hasta las 19h)
    • O en cualquier registro (ventanilla única) de la Comunidad de Madrid o de tu Ayuntamiento.
    • LISTADO CON TODAS LAS OFICINAS DE REGISTRO DE LA COMUNIDAD DE MADRID
  4.  Avísanos de que te has unido a la campaña con un e-mail a dmdmadrid@derechoamorir.org 
  5. Reenvíanos la respuesta que te dé la Consejería de Sanidad por correo electrónico a dmdmadrid@derechoamorir.org

Si la participación es alta, presentaremos los datos a los medios de comunicación y también una denuncia ante la Comunidad de Madrid y el Defensor del Pueblo.

​  Haz tu reclamación antes del 28 de Febrero  

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Agradecemos su difusión ¡Pásalo!

[Eldiario] Familiares de enfermos de Alzhéimer creen que la ley de eutanasia del PSOE les discrimina

Prensa DMDNoticias, Portada

Mano de un paciente de alzhéimer

La Asociación Derecho a Morir Dignamente y la Confederación Española de Alzheimer reclaman una mayor claridad sobre la propuesta socialista y los pacientes de ELA la están analizando

Ángel Villascusa / eldiario.es

La Confederación Española de Alzhéimer y la Asociación Derecho a Morir Dignamente (DMD) piden al PSOE una mayor claridad sobre la Ley de Eutanasia propuesta por los socialistas y que está a la espera de ser tramitada en el Congreso. De momento, y aunque la aritmética da si Ciudadanos vota a favor como anunció, está  bloqueada por el PP y el partido naranja en la mesa de la cámara. La propuesta establece que podrá practicarse a aquellos pacientes con una «enfermedad grave e incurable y que provoque sufrimientos físicos o psíquicos, constantes e insoportables, sin posibilidad de alivio y con un pronóstico de vida limitado, en un contexto de fragilidad progresiva». Para Fernando Marín, vicepresidente de Derecho a Morir Dignamente federal, «hablar de contexto de fragilidad es una metedura de pata. Restringe tanto el marco que se corre el riesgo de que solo se vaya a practicar a pacientes que estén en fases muy avanzadas de una enfermedad».

Con la definición que hace la ley, explica Marín, «quedarían dentro casos como el de Ramón Sampedro, pero no está muy claro si se incluiría a personas con otras patologías hasta que no sean totalmente dependientes, ni tampoco qué grado de dependencia se va a exigir» en caso de que finalmente sea aprobada.

¿Qué pasa con los enfermos de alzhéimer en fases previas?

La propuesta socialista, que va en línea con la de países como Holanda o Bélgica y que convertiría a España en uno de los países más avanzados en la materia, tampoco determina con exactitud qué ocurre si un paciente con una enfermedad degenerativa quisiera solicitar la muerte antes de que los síntomas de la enfermedad apareciesen. «¿Qué pasa con los enfermos de Alzhéimer en fases previas? ¿Tendrían que esperar a ser dependientes?», se pregunta la presidenta de la Confederación Española de Alzhéimer, Cheles Cantabrana.

Las dudas se plantean sobre otras patologías degenerativas como el ELA. «La ley hace una definición muy física de la enfermedad. Igual hay personas que prefieren morir cuando no pueden tomar un autobús o pasear con sus hijos y no quieren esperar hasta estar postrados en una cama», sentencia Marín. La Asociación Española de ELA va a debatir la próxima semana su posición respecto a la futura norma.

Jesús María Fernández, portavoz del PSOE en la Comisión de Sanidad del Congreso de los Diputados, defiende la propuesta socialista. «Que se hable de sufrimientos constantes e insoportables y de fragilidad no significa que se tenga que llegar a un dolor intolerable». Según Fernández, el término «sufrimiento» es lo suficientemente general como para que si una persona sabe que sus condiciones de vida van a empeorar se le pueda practicar la eutanasia.

Evitar la aplicación de la ley

Fernández cree que en los casos en los que la enfermedad no se ha manifestado todavía la eutanasia también podría practicarse. «Va a haber un comité que valorará las solicitudes, y un diálogo entre el médico y el paciente. Siempre y cuando esté en el contexto de la ley, prevalecerá la voluntad de la persona afectada», explica.

Pero desde la asociación DMD ve una falta de concreción peligrosa que podría ser utilizada para evitar la aplicación de la ley. Coinciden desde Podemos, quienes ya presentaron una norma de eutanasia en 2017 y que finalmente fue rechazada. «Nuestra propuesta era más concreta. Creemos que en una norma de estas características tiene que quedar todo muy claro para que no dependa de futuras interpretaciones interesadas», explica Amparo Botejara, portavoz de Sanidad de Unidos Podemos en el Congreso. La formación morada ha presentado un total de 24 enmiendas a la propuesta socialista.

«Nosotros creemos que la ley de eutanasia planteada es positiva, pero se queda corta», explica la presidenta de la Confederación Española de Alzhéimer. Según ella, la propuesta deja en el aire la situación de los tutores de los enfermos. «Pedimos más garantías. En el marco de este proyecto de ley no estamos representados». Sus dudas vienen sobre el papel que tendrán los responsables de los enfermos. «Incluso con documentos de últimas voluntades firmados por el paciente, son los tutores los que tienen que hacer la petición y no sabemos si podrán hacerlo sin consecuencias. Nos sentimos discriminados», dice Cantabrana.

El portavoz del PSOE en la Comisión de Sanidad del Congreso de los Diputados asegura que si existe un documento de instrucciones previas no habrá problemas para ningún tutor o responsable. «Lo que hay tener en cuenta es que tampoco se puede aclarar cada recoveco de la ley. No se hace en ninguna de las normas de otros países».

Testamento vital y eutanasia

Si no hay documento de instrucciones previas y la persona no es consciente de la situación, no podrá aplicarse la eutanasia. «Eso estaría más en la línea de los homicidios compasivos y está fuera de la propuesta”, explica Fernández. Un problema derivado de estos testamentos vitales, es que en muchas ocasiones se han redactado sobre plantillas que se centran en cuidados paliativos y no de la eutanasia. «Eso significa que muchas personas van a tener un documento que no incluye la eutanasia», explica el vicepresidente de DMD. Por eso, asegura, es necesario que se amplíen los documentos de últimas voluntades. El portavoz del PSOE asegura que esos puntos se añadirán en los documentos, aunque indica que ya hay comunidades en las que se incluyen.

La norma sigue bloqueada en el Congreso de los Diputados a pesar del compromiso de Ciudadanos de aprobarla. El partido de Albert Rivera votó favorablemente a su tramitación a cambio de que el PSOE les ayudase a pasar su Ley de derechos y garantías de la dignidad de la persona ante el proceso final de su vida, como finalmente sucedió el pasado diciembre. «Ellos siempre han manifestado que estaban en contra y luego votaron a favor. Así que no sabemos lo que harán al final», concluye Fernández. Ciudadanos no ha respondido a las preguntas de eldiario.es.

Este artículo se publicó originalmente en eldiario.es. Lo reproducimos aquí en base a su licencia CC BY-SA

¿Hay argumentos plausibles contra la eutanasia?

Prensa DMDBlog DMD

Luis Montes no era un optimista ingenuo, pero tenía una esperanza (fundada) en que las últimas elecciones generales (el actual Parlamento) iban a suponer por fin el reconocimiento del derecho a morir con dignidad, por el que tanto había luchado

Por: Manuel Atienza y Carmen Juanatey

Artículo publicado originalmente en la revista 78 de DMD

En el momento en el que escribimos este artículo, los periódicos publican informaciones con titulares como este: “El Congreso abre paso a la ley de eutanasia. La Cámara rechaza la enmienda popular a la totalidad por 210 votos frente a 134”; lo que hace pensar que, en fechas más o menos próximas, tendremos, efectivamente, una ley que autorice a que en determinadas circunstancias (no entremos en los detalles) se pueda ayudar a morir a alguien que desea terminar con su vida.

La opinión pública parece también (cada vez más) favorable a la despenalización de las conductas eutanásicas (pasivas o activas; y excluyendo obviamente lo que a veces se llama “eutanasia involuntaria”). E incluso la Iglesia católica parece haber aceptado –como un hecho irremediable– que eso, la despenalización de la eutanasia, va a tener lugar en nuestro país más pronto que tarde.

Hace algunos meses, el arzobispo de Toledo, en una de sus cartas semanales, y al tiempo que condenaba moralmente la eutanasia, entre otras cosas por considerar que la política que la fomenta “es una política capitalista…la sostengan políticos de centro, de izquierda o de derecha”, reconocía (se estaba refiriendo obviamente al proyecto de ley que ahora se está discutiendo en las Cortes) que la batalla cultural y política en contra de la eutanasia “está perdida, al menos, a corto y a medio plazo”.

Analizar seriamente los argumentos serios

Pues bien, dado que las cosas son (o van a ser pronto) así, nos parece que quizás sea este un momento adecuado para tomarse en serio los argumentos que tanta gente y durante tanto tiempo han considerado que existen para oponerse a la eutanasia. Los autores de este artículo han defendido en varias ocasiones (por separado) la despenalización de la eutanasia pero, naturalmente, son conscientes de que la plasmación legislativa de una determinada tesis no puede ser el criterio de su corrección (en esto tiene razón el arzobispo de Toledo).

Tomarse en serio los argumentos de la otra parte implica, por lo demás, no centrarse en las razones más débiles o en las que no pasan de ser simples falacias; por ejemplo, no creemos que merezca la pena prestar mayor atención a lo sucedido a propósito de la enmienda a la totalidad del PP: simplemente porque los cuidados paliativos no son una alternativa a la eutanasia (es obvio que cabe estar –como es nuestro caso– a favor de una cosa y de la otra), y porque la defensa de la eutanasia no supone que se esté en contra de la vida (como ocurre cuando alguien –suponemos que cualquiera– justifica que se pueda dar muerte a otro en situaciones de legítima defensa o de estado de necesidad).

A donde nos lleva el tomar en serio a los otros (a los que piensan de otra forma) es, por el contrario, a buscar los mejores argumentos que pudieran existir en contra de la legalización de la eutanasia, para ver si pueden considerarse o no como correctos: en todo o en parte.

John Finnis vs. Ronald Dworkin

Desde luego, la discusión sobre la eutanasia en los últimos tiempos ha dado lugar a una copiosísima bibliografía en la que se podría encontrar una gran variedad de posturas y de argumentos (a favor y en contra). Pero creemos que pocos discutirán (al menos, desde el mundo del Derecho) que los enemigos de la eutanasia son también defensores de lo que suele denominarse “Derecho natural”, y que el iusnaturalista más influyente (y más conspicuo) de las últimas décadas ha sido John Finnis; de manera que no puede parecer arbitrario que lo tomemos a él como el mejor representante de la postura anti-eutanasia.

Finnis, un relevante filósofo católico que fue miembro de la Comisión Teológica Internacional de la Santa Sede, escribió en diversas ocasiones sobre (contra) la eutanasia, pero aquí vamos a referirnos únicamente a un trabajo suyo de 1998 dedicado, fundamentalmente, a oponerse a las tesis favorables a la legalización de la eutanasia de Ronald Dworkin: el paladín –o uno de los paladines– de lo que suele entenderse por “liberalismo político”, que en la jerga estadounidense viene a equivaler a lo que nosotros llamaríamos “socialismo” o “socialdemocracia”.

Dworkin y el carácter sagrado de la vida

La defensa que llevó a cabo Dworkin de la eutanasia (también en una serie de trabajos, algunos de ellos muy conocidos) no se basó en oponer el valor de la autonomía al de la vida y la dignidad, sino que lo que él hizo fue armonizarlos de la siguiente forma. Según Dworkin, la vida tiene un carácter que puede calificarse de “sagrado”, pero lo que da ese valor a la vida no son simplemente lo que llama los “intereses de experiencia”: lo que tiene valor porque lo encontramos placentero o excitante; sino, sobre todo, los “intereses críticos”: aquello que, si se satisface, hace que nuestras vidas sean genuinamente mejores.

Los intereses críticos pueden ser de índole muy distinta, pero contienen un ingrediente de idealidad y cierta exigencia de reflexión sobre la vida como un todo. Y, precisamente por ello, la única forma de respetar la santidad de la vida es transferir al individuo la decisión de cómo desea morir: “Hacer que alguien muera en una forma que otros aprueban, pero que él cree que es una contradicción horrorosa con su propia vida, constituye una devastadora y odiosa forma de tiranía” (p. 284).

Valores y argumentos

En el artículo al que antes nos referíamos, Finnis ataca la posición de quienes sostienen que la eutanasia se basa en el derecho a la autonomía personal, pero no porque él piense que los valores de la vida y de la dignidad están por encima del de la autonomía, sino porque, cabría decir, la manera que él propone de articular (y, en parte, de entender) esos tres valores o principios es distinta a la de Dworkin.

Y esa distinta forma de abordar el problema, por cierto, no deriva (al menos, no explícitamente) de algún postulado de tipo religioso; o sea, Finnis no recurre para nada al argumento, que podríamos calificar de teológico, de que la vida es un don de Dios y, por lo tanto, el ser humano no tiene derecho a disponer de ella. Sus argumentos en contra de la legalización de la eutanasia apelan más bien a la experiencia y a las consecuencias. Nosotros creemos que se podrían reducir a los dos siguientes.

El primero hace referencia a las consecuencias que tendría (o que tiene: él habla teniendo muy en cuenta la experiencia de la legalización en Holanda) reconocer ese supuesto “derecho a morir”. Finnis entiende que tanto la eutanasia propiamente dicha como el suicidio asistido suponen dar muerte (o ayudar a dar muerte) a un individuo de manera intencional, lo cual implica ir en contra de una de las pocas exigencias absolutas que impone la razonabilidad práctica.

Define para ello de manera precisa (estricta) lo que debe entenderse por “intencionalidad”, de manera que, por ejemplo, no iría contra esa exigencia (el mandato absoluto de no realizar un acto que en sí mismo y de suyo daña un bien básico, como es la vida ) el médico que administra una cierta substancia al paciente para aliviar sus dolores, sabiendo que eso acortará su vida, siempre y cuando la muerte sea un efecto colateral o indirecto (sabe que ocurrirá, pero no lo ha hecho con esa intención).

El argumento consecuencialista

Como es conocido, se trata de la tradicional “doctrina del doble efecto”, que ha sido criticada con cierta frecuencia apelando a que la distinción es meramente subjetiva y, por tanto, imposible de ser manejada sin incurrir en arbitrariedad, ya que su utilización favorece una forma de cinismo moral, de doble moral, etcétera. Pero a Finnis la distinción le parece esencial, cabría decir, por razones consecuencialistas.

Si se produjera ese cambio en la legislación, cambiaría también la moral de los médicos y del personal sanitario, y todo ello tendría efectos muy perniciosos en los pacientes; o sea, al borrarse la línea que separa la acción de matar intencionalmente a alguien y la de actuar con la intención de curar, tratar, aliviar o paliar los sufrimientos de alguien (aunque ello acelere la muerte), los pacientes tendrían menos razones para confiar en los médicos (por ejemplo, a la hora de informarles sobre sus sufrimientos, ante el riesgo de que aquellos lo interpretasen como una petición de que se les de muerte); y algo parecido ocurriría con los familiares: “mucha gente encontraría que los más próximos y los más queridos son cada vez menos próximos y menos queridos” (p. 1134).

Aun suponiendo –nos dice Finnis– que se tiene un derecho a decidir cuándo morir, lo que no cabe duda es de que existe también, y de manera más obvia, un derecho a decidir no morir (que a uno no lo maten). Y Finnis considera que la legalización de la eutanasia no permite “tomar en serio” este segundo derecho; el poder que en esa situación adquirirían los médicos y los familiares (la presión que eso supone para los pacientes) llevaría a muchos (los que en otra situación habrían ejercido el derecho a que no se les mate) a una situación que –usando las palabras de Dworkin– verdaderamente debería ser calificada como “una devastadora y odiosa forma de tiranía”.

Si la eutanasia se legalizara, en suma, “el derecho a que no te maten quedaría catastróficamente anulado para mucha más gente en relación con los pocos cuyo supuesto derecho a morir se encuentra comprometido por la regulación actual” (p. 1138). Y quienes se verían más en riesgo serían los pobres, los ancianos, los miembros de grupos minoritarios o los que no tienen acceso a cuidados médicos.

Diferentes visiones sobre la vida

El segundo argumento (vinculado al anterior) se refiere a la manera de entender la vida y la dignidad por parte de quienes defienden la legalización de la eutanasia; en particular, por Dworkin. Según Finnis, Dworkin parecería concebir la vida –y la moralidad– en términos próximos a los de Nietzsche; o sea, la propia vida es vista como “una narración de la que se es el autor, de manera que cuando se deja de estar al mando de la trama de la vida que a uno le queda –denunciada como vida meramente biológica– ella carece de valor si no es que es ‘indecente’ y despreciable” (p. 1140). Esa concepción le parece a Finnis radicalmente equivocada.

Más allá de ese punto (cuando se pierde el control sobre la propia vida), pero también antes (en nuestros primeros años de existencia) “hay vida que es real, humana y personal, pero sin una historia de la que estar orgulloso o avergonzado” (p. 1141). La mayoría de la gente que pide la eutanasia en los hospitales “cambia de opinión y llega a valorar sus últimos meses o semanas de enfermedad, por mala que sea su situación” (p. 1142). Muchos de los que están en situación terminal no quieren saber nada de esa ética del autocontrol y de las realizaciones y encuentran “una más profunda, más humilde pero también más humana comprensión del valor de simplemente existir con lo que queda de lo que a uno se le dio” (1143).

Desacuerdo también sobre la dignidad

Y en cuanto a la dignidad, Finnis piensa que los partidarios de la eutanasia (Dworkin incluido) incurren en una terrible confusión al pensar que quienes están en una situación de extrema incapacidad (por ejemplo, en estado vegetativo irreversible) no serían ya personas, habrían perdido su dignidad humana.

En opinión de Finnis, y siguiendo toda la tradición de respetar la radical igualdad humana, debemos juzgar y actuar sobre la base de que “las personas mantienen su radical dignidad hasta la muerte –a través de todo el camino” (p. 1143). Y de ahí su última afirmación de que “Una sociedad justa no puede mantenerse, y la gente no puede ser tratada con la misma consideración y respeto a la que tiene derecho, si no nos agarramos con fuerza a la verdad –o, si se quiere, al axioma– de que ninguno de nosotros tiene derecho a actuar sobre la base de que la vida de otro carece de valor” (1145).

El abuso es posible, no obligado

Desde luego, no es cosa de entrar aquí a discutir con detalle los argumentos de Finnis, pero nos parece que hay, fundamentalmente, dos consideraciones que hacer a propósito de lo anterior.

La primera es que a Finnis se le puede dar la razón en cuanto a la existencia de ciertos riesgos que pueden derivarse de la legalización de la eutanasia. Pero lo que se sigue de ello es que, en efecto, la regulación (la despenalización) debe hacerse con todas las cautelas para que nadie se sienta “coaccionado” a tomar una decisión que realmente no desearía tomar y, por supuesto, para impedir que se dé muerte a (o se acorte la vida de) alguien en contra de su voluntad. Algo que, como es manifiesto, ningún defensor de la despenalización de la eutanasia pone en duda.

Lo que ocurre es que Finnis parece afirmar algo más, a saber, que la despenalización de la eutanasia conduciría necesariamente a esa situación de abuso. Y esta sí que nos parece una afirmación gratuita y que, desde luego, la experiencia existente en los lugares en los que se ha producido ese cambio legislativo no avala en absoluto.

Y la segunda se refiere a lo que cabría considerar como la parte principialista (y principal) de su argumentación, o sea, la que descansa en los dos siguientes principios: 1) Nunca está justificado dar muerte intencionalmente (en el sentido que hemos visto de “intencional”) a otro. 2) La dignidad humana se posee intacta hasta el momento de la muerte (cualquiera que sea la situación de incapacidad en la que se esté) y, por eso, nadie puede actuar sobre la base de que la vida de otro carece de valor.

La jurisdicción sobre uno mismo

Pues bien –y para decirlo de manera expeditiva-, el primero de esos principios no puede verse, en nuestra opinión, como un principio absoluto, sino que tiene una excepción constituida precisamente por los supuestos de eutanasia justificada: una situación de graves padecimientos y el consentimiento (explícito o –en el caso más complejo de eutanasia no voluntaria– presunto) del paciente.

No hay, nos parece, ninguna razón que, dadas esas circunstancias, justifique poner a la vida por encima de la autonomía, como no sea una razón de tipo religioso. Y en cuanto al segundo principio, creemos que es importante hacer esta aclaración: uno no puede actuar sobre la base de que la vida de otro carece de valor, según nuestra propia concepción de la vida; pero lo que sí cabe es actuar sobre la base de que la vida de otro carece de valor, según la concepción que este último tiene de la vida (y dadas determinadas circunstancias de carácter objetivo).

En esto último es en lo que consiste la idea de Dworkin del carácter sagrado de la vida: es sagrado porque nadie, sino uno mismo tiene ahí jurisdicción. Y, de nuevo, pensar de otra manera nos parece que sólo puede hacerse desde la fe, esto es, si el carácter sagrado de la vida se entiende en términos religiosos: es sagrada porque nos ha sido dada por Dios.

La Utopía de Tomás Moro

Para terminar. Hemos dicho antes que la crítica de Finnis a la despenalización de la eutanasia no apelaba explícitamente a ningún argumento de tipo religioso, pero hemos llegado a la conclusión de que su argumentación presupone, implícitamente, premisas religiosas. Con ello no queremos sugerir, sin embargo, que quienes tienen creencias religiosas estén de alguna manera abocados a mantener una posición contraria a la eutanasia. No tiene por qué ser así, y un ejemplo interesante de ello lo ofrece la famosa Utopía de Santo Tomás Moro. Esta importante figura del catolicismo (designado por el fundador del Opus Dei intercesor de las relaciones de la Obra con las autoridades civiles) escribió:

“A los que padecen algún mal incurable les consuelan haciéndoles compañía y conversando con ellos y proporcionándoles todo lo que conduzca a aliviar en lo posible su mal. Si éste no sólo es incurable, sino que aflige al enfermo con incesantes sufrimientos, los sacerdotes y magistrados exhortan al paciente a que, puesto que ya no puede realizar ninguna cosa de provecho en la vida y es una molestia para los otros y para sí mismo, por el hecho de que sobreviva a su propia muerte, no debe alimentar por más tiempo la peste y la infección. Dado que la vida es un tormento para él, que no rechace morir […]. Con la muerte no pondrá fin a nada bueno sino sólo a su propio tormento. Y como es ese el consejo de los sacerdotes, intérpretes de la voluntad de Dios, proceder así será obra piadosa y santa. Los que son persuadidos se dejan morir voluntariamente de inanición o se les libra de la vida durante el sueño sin que se den cuenta de ello. Este fin no se impone a nadie, y no dejan de prestarse los mayores cuidados a los que rehúsan hacerlo, mas honran a los que así abandonan la vida”

Unas palabras que seguramente suscribiría en lo esencial (aunque sin asumir desde luego el rol de sacerdote-magistrado) un utopista de nuestros días: Luis Montes.

Eutanasia: cuando la política está por encima de la libertad individual

Prensa DMDArchivo, Catalunya, Portada

María Casado, Universitat de Barcelona

Hoy en día, la muerte se produce habitualmente en contextos hospitalarios, fuertemente tecnológicos y despersonalizados. En ellos, el uso de tecnologías punteras permite alargar el proceso de morir hasta situaciones que muchos consideran indignas y no deseables.

Esta posibilidad de prolongar la vida, meramente biológica, suscita conflictos sobre cómo proceder en estos casos, ya que en las decisiones que necesariamente hay que ir tomando intervienen, además de la opinión del propio sujeto, otros factores de carácter diverso: el criterio médico, el entorno del paciente, los planteamientos de tipo religioso, la distribución de recursos, la salvaguarda de intereses de terceras partes… Cuestiones varias que se entremezclan y que dificultan en muchos casos la determinación de cuáles son los “mejores intereses” del paciente y el respeto a su voluntad.

Dudas médicas éticas y jurídicas

En un contexto así, hay personas que manifiestan claramente su deseo de morir de forma rápida e indolora, pero los médicos que les atienden dudan frecuentemente de cuál es la conducta correcta desde el punto de vista ético y jurídico. Por ello, el debate sobre la eutanasia aflora y reverdece periódicamente en nuestras sociedades, que si bien no son confesionales y centran sus valores en la libertad, también tienen una carga cultural de cuño religioso que reivindica el valor salvífico del sufrimiento y la aceptación de “lo que venga” como voluntad divina.

En parte, los debates sobre el derecho a morir están motivados por la comprensión del término eutanasia, que ha ido adquiriendo poco a poco el matiz específico de acto médico directo y necesario para hacer más fácil y dulce la muerte, a petición del enfermo. No se considera eutanasia el rechazo o la retirada de tratamientos, aún cuando sea con peligro de la vida, ya que el paciente tiene el derecho -reconocido legalmente- a aceptar o rechazar los tratamientos disponibles. Tampoco lo es limitar el esfuerzo terapéutico, ya que no es obligatorio usar el arsenal de medidas que la ciencia tiene disponibles cuando no se consigue otra cosa que alargar el proceso de morir mediante tratamientos fútiles, que no tienen eficacia real en el caso concreto. Es decir, actualmente, la discusión no estriba en la que antiguamente se llamaba “eutanasia pasiva”, sino que cuando hablamos de eutanasia hoy nos referimos específicamente a la “activa”, directa y a petición del paciente, que es la penalizada en el Código Penal español, por ejemplo.

A qué tiene derecho el paciente

A la hora de realizar una valoración moral de la eutanasia y su regulación legal, la mayor dificultad estriba en compatibilizar el derecho a una muerte digna –lo que significa a no recibir tratos inhumanos o degradantes, al rechazo de tratamiento, a la autodeterminación y libre disposición corporal, a disponer libremente de la propia vida, a la misma intimidad–, con ciertas concepciones del derecho a la vida que, en la práctica, implican el deber de vivir contra la propia voluntad.

La enorme carga ideológica que ha arrastrado este debate motiva que ciertas posiciones se parapeten en actitudes maximalistas y, en muchos casos, intolerantes. Entre los detractores de la eutanasia se aprecia con frecuencia un planteamiento que lleva a un enfrentamiento de absolutos que enarbola la sacralidad de la vida en cualquier circunstancia, mientras que por parte de los defensores del derecho a morir en libertad se enfoca una cuestión de respeto. Ambos bandos invocan la defensa de la dignidad humana, pero, evidentemente, la entienden de manera diversa, pues existen dos grandes corrientes a la hora de interpretar y de dar sentido a la dignidad: la cristiana y la laica.

Para una, la dignidad se entiende derivada del ejercicio responsable de la propia libertad. Para la otra, la dignidad estriba en aceptación de la voluntad divina. Si no se tiene en cuenta esta diferencia, que atañe no solo al concepto de dignidad, sino también a la misma concepción de los derechos humanos, el diálogo es solo aparente, pues es imposible el acuerdo si palabras iguales designan conceptos distintos.

Para conseguir un compromiso razonable, la legitimidad de la eutanasia debe ser abordada desde un doble punto de vista: como una cuestión de respeto a la autonomía de las personas y, a la vez, de solidaridad con quien sufre.

La referencia inicial en este debate es la tradicional invocación a la autonomía y la dignidad de la persona, porque la eutanasia supone una decisión individual y por definición autónoma que implica y afecta directamente solo a dos partes: a quien la solicita y a quien la realiza.

La segunda consideración es la compasión por el sufrimiento ajeno y la obligación de aceptar las decisiones ajenas que a otros atañen, aunque no las compartamos.

La eutanasia es una acción que abarca dos actos, cada uno de los cuales tiene un protagonista distinto.

En el primero, el protagonista es el enfermo que padece una enfermedad grave que conduciría necesariamente a su muerte o que le causa padecimientos permanentes y difíciles de soportar y es quien toma la decisión, éticamente legítima, de poner fin a su vida de manera apacible y digna.

Este primer acto es el fundamento del segundo, que consiste en la intervención médica que proporciona la muerte de forma rápida, eficaz e indolora y que carecería de legitimidad sin el primero.

Todos debemos plantearnos estos interrogantes

El debate está abierto: ¿Se debe respetar la voluntad de morir de un paciente terminal? ¿Se tiene que colaborar en ello? ¿Qué tratamiento utilizar cuando se acerca la hora de la muerte? ¿Quién puede decidir si el paciente no ha manifestado su voluntad y no puede hacerlo? ¿Se debe fomentar la adopción de documentos de voluntades anticipadas o testamentos vitales? Cada persona debería plantearse estos interrogantes e intentar responderlos, porque la muerte nos llegará a todos, indefectiblemente.

En aras a la seguridad jurídica, el derecho debe responder también a ellos de forma adecuada al momento en que se vive. En España, desde finales de los años setenta del pasado siglo, ha habido iniciativas diversas para lograr el reconocimiento del derecho a la disposición de la propia vida de forma efectiva. Recientemente, a principios de 2017, el Parlamento de Cataluña presentó al Congreso de Diputados una propuesta despenalizadora de la eutanasia y la ayuda al suicidio que, mediante la modificación correspondiente del Código Penal -de competencia estatal-, permitiera legislar sobre el tema. Poco tiempo después, el grupo parlamentario de Unidos Podemos presentó una propuesta de Ley Orgánica sobre la eutanasia, que no se llegó a debatir. Finalmente, el PSOE presentó en mayo de 2018 su propuesta de “Ley Orgánica de regulaciones de la eutanasia”, actualmente en tramitación parlamentaria.The Conversation

María Casado, Directora del Observatorio de Bioética y Derecho – Cátedra Unesco UB, Universitat de Barcelona

Este artículo fue publicado originalmente en The Conversation. Lea el original.

Madrid inaugura la glorieta ‘Doctor Luis Montes Mieza’

Prensa DMDBlog DMD, Madrid, Portada

El viernes 11 de enero de 2019, la Junta Municipal del Distrito Moncloa-Aravaca inaugura la glorieta ‘Doctor Luis Montes Mieza’. Es un homenaje Luis Montes, que fue presidente de DMD durante casi una década y un incansable luchador por la sanidad pública y los derechos humanos.

La glorieta está en la intersección entre C/Antonio Machado y C/Valle de Mena. El acto lo conducirá Montserrat Galcerán, concejala-presidenta del Distrito.

mapa con la situación de la glorieta Doctor Luis Montes Mieza

Oviedo aprueba una declaración institucional por el derecho a morir dignamente

Prensa DMDAsturias, Noticias

Pilar Cartón interviene en el Pleno del Ayuntamiento de Oviedo

Este martes 8 de enero el Ayuntamiento de Oviedo ha aprobado una declaración institucional a favor del derecho a morir dignamente. La iniciativa, que ha sido aprobada en Pleno, recoge una petición del grupo de DMD en la capital de Asturias. Además, la compañera Pilar Cartón, del equipo directivo de DMD Asturias, pudo intervenir durante el pleno para defender la declaración.

Declaración institucional sobre el derecho a morir dignamente

El Ayuntamiento de Oviedo acuerda involucrarse en la promoción de los derechos de las personas al final de la vida apoyando una cultura de la muerte digna. Para ello pondrá en marcha las siguientes medidas:

  • Contribuir a la promoción de una cultura de la muerte digna desarrollando acciones de sensibilización y formación a las trabajadoras y los trabajadores municipales y realizando campañas divulgativas entre la ciudadanía sobre sus derechos al final de la vida y el Documento de Instrucciones Previas.
  • Impulsar el ejercicio de una educación cívica: a través de su participación en los Consejos de Salud y divulgando esta moción así como el Documento de Instrucciones Previas (DIP). Para ello este Ayuntamiento se compromete a la programación de charlas informativas y actividades en centros sociales, espacios educativos y culturales (Escuela Municipal de Salud, Universidad Popular de Oviedo…) dependientes del mismo, así como a la organización de campañas en los  medios de comunicación municipal y la edición de folletos, que estarán disponibles en todos los centros municipales.
  • Dar apoyo administrativo para facilitar la difusión del contenido y los trámites de inscripción del Documento de Instrucciones Previas (DIP) mediante la disponibilidad, en los equipamientos públicos del Ayuntamiento, de la información necesaria para tramitar e inscribir el DIP e incluyendo dicha información en la página web del Ayuntamiento.
  • Instar al Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA) para que se refuercen y mejoren los servicios de paliativos domiciliarios en todo el municipio (con el aumento de los servicios de atención a domicilio), así como el acompañamiento de calidad a las cuidadoras y cuidadores de las personas enfermas. Todo ello realizado de forma coordinada desde los servicios sanitarios y los servicios sociales municipales, además de participar en la evaluación sistemática de estos servicios a través del consejo de salud del área sanitaria.
  • Expresar el compromiso del Ayuntamiento de Oviedo a participar en el Observatorio de la Muerte Digna creado por la Ley del Principado de Asturias 5/2018, de 22 de junio como herramienta que ha de servir para evaluar la calidad de la muerte en el Principado de Asturias.
  • Promover colaboraciones con la Universidad de Oviedo para desarrollar trabajos de investigación sobre este tema.
  • Instar al Congreso de los Diputados a regular la despenalización de la eutanasia, como ya han hecho otros ayuntamientos.
  • Impulsar la creación y formar parte de una futura Red de Ciudades Europeas por el Derecho a Morir Dignamente, que pueda constituirse.

DMD Asturias participa en MUSOC 2019 con tres cortos sobre muerte digna

Prensa DMDAsturias, Noticias, Portada

Cartel MUSOC 2019

DMD Asturias participa en la Muestra de Cine Social y Derechos Humanos de Asturias (MUSOC 2019). En esta ocasión, DMD presenta una sección con tres cortometrajes sobre decisiones al final de la vida. Las cintas se proyectarán el 25 de enero, a partir de las 19:30, en la antigua Escuela de Comercio de Gijón.

Las películas con las que DMD Asturias participa en MUSOC 2019 son resultado de un acuerdo con FICAE, el Festival Internacional de Cortometrajes y Arte sobre Enfermedades. En cada cinta se plantean, desde la ficción, distintas perspectivas desde las que afrontar el tabú de la muerte. Aunque abordan situaciones muy diferentes, todas comparten algo: sus protagonistas han decidido libremente disponer de su vida.

Los cortometrajes
  • ’24H’. Marie-Lue Béland (Canadá) – 2017. 10′.Fotograma del corto '24h' para MUSOC 2019 La cinta sigue los pasos de dos hermanos en su último día juntos. Uno de ellos se muere de cáncer y está preparado para ello. Su hermano pequeño intenta, en esas últimas horas, recuperar el tiempo perdido. Con esta premisa, la directora nos sitúa frente a dos formas de ver el final: la del enfermo que ha asumido la irreversibilidad y tiene decidido su final, y la del familiar que se resiste a perder a su ser querido. Béland se aleja del retrato trágico para presentarnos una luminosa narración de amor fraternal.
  • Clac!’. Fabien Ara (Francia) – 2017. 20′.Fotograma del corto 'Clac!' para MUSOC 2019 Que un tema tan delicado puede ser tratado desde el humor, sin perder por ello ni un ápice de profundidad ni de reflexión, queda patente al ver Clac! Una familia se dispone a cenar en un restaurante snob, cuando la madre comparte una sorprendente decisión que conducirá a una situación delirante, en la que se sincerarán y plantearan una lucha de egoísmos.
  • ‘Samen thuis, samen uit’. Siel de Schepper (Bélgica) – 2015. 12′.Fotograma del corto 'Samen thuis, samen uit' para MUSOC 2019 Una pareja de ancianos ha decidido que ambos quieren morir juntos. Él está terminalmente enfermo y recibe la aprobación médica para recibir una eutanasia, sin embargo a ella no le permiten fallecer junto a su marido. La pareja decide seguir adelante por sus propios medios, pese al desconcierto de su hijo.